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 LA FINALIDAD DE COMPARTIR INFORMACION SINDICAL,  LABORAL y EMPRESARIAL.

COMUNICADO SINDICAL

Estimados socios:

 

Como todos sabemos, la Empresa ha sido adquirida por la multinacional Gas Natural Fenosa, y ya se han visto cambios en la Gerencia General, donde don Eduardo Apablaza asumió como Gerente General de las empresas eléctricas del Holding… también, ayer hubo un segundo cambio con la salida de la Gerencia General del Holding de don Eduardo Morandé quien fue reemplazado por don Antonio Gallart (España), todo esto de acuerdo al modelo organizacional de Gas Natural Fenosa.

 

Debemos tener conciencia de que la empresa, tal como la conocíamos, ya no es la misma y tal como se menciona tanto por la prensa como comunicación interna, se vienen cambios organizacionales, es por eso que Los 7 Sindicatos que representamos a más del 70%  los trabajadores sindicalizados de Transnet y CGED nos hemos reunido para agendar reunión con Gerente General (semana próxima) para conocer de primera fuente temas como: directrices del nuevo modelo organizacional, inserción de los trabajadores dentro del nuevo modelo, interacción empresa/sindicato, etc.  

 

También tenemos reuniones de trabajo con los representantes que tenemos en consejo de Saema y Mutual para elevar los requerimientos que irían en beneficio de los trabajadores.

 

Y por último la semana próxima tenemos reunión extraordinaria de Federación de Sindicatos, para elaborar agenda de trabajo 2015.

 

PD: nos han consultado mucho por rumores de desvinculaciones, ante eso solo podemos decir que no tenemos información oficial al respecto.  

EFE Madrid 20 FEB 2015 - 13:48 CET

Fuente de Información Diario EL PAIS  de España.

 

Felipe González cobra 127.000 euros como consejero de Gas Natural

 

El consejero delegado de Gas Natural Fenosa, Rafael Villaseca, cobró 3,375 millones de euros el año pasado, un 3,8 % más que el ejercicio anterior, cuando percibió 3,25 millones. En total, el consejo percibió el año pasado 7,218 millones, un 1,69 % más, y la mayoría de los consejeros cobró el mismo importe que el año anterior, entre ellos el expresidente del Gobierno Felipe González, que cobró 127.000 euros  Leer mas........

02 DE MARZO DE 2015

Fuente de Información Diario Electronico La Segunda Digital.

 

La arremetida de la CUT en la discusión laboral

 

NOLBERTO DIAZ:

"El llanto que han tenido los empresarios es hipócrita"

 

Economista Andrea Repetto pantea necesidad de negociar pactos para la organización de las jornadas de trabajo y los descansos.  Leer mas........

24 DE FEBRERO DE 2015

Fuente de información " Dirio Electrónico El Mostrador "

Energía: de monopolio a monopolio

 

 

Energía solicitó al TDLC que rechazara y archivara las consultas presentadas por la Ilustre Municipalidad de Maipú y Conadecus por ser inoficiosas, pero el TDLC no acogió lo solicitado por el Ministerio y dio curso a la consulta. En la audiencia ante el citado Tribunal, la posición de Energía evitó un conflicto con Metrogas sobre la estructura de la industria por la integración vertical y horizontal y los efectos en la competencia que tendrá el ingreso de FNG, y presentó la misma línea argumentativa de la referida Metrogas.  Leer Mas........

30 DE ENERO DE 2015

Fuente de información " Dirio Electrónico El Mostrador "

 

Caso es analizado por la SVS

Bolsa detecta operaciones sospechosas de León Vial, familia Pérez Cruz y gerente de la empresa en OPA por CGE

 

Socio de LarrainVial aparece comprando tres días antes del anuncio, aunque en su entorno aseguran que es falso.“Si me pregunta si hay acá elementos que nos puedan estar mostrando que hay infracciones a la norma de información privilegiada, yo creo que sí”.

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Los principales ejes de la reforma laboral que afina Trabajo

Fuente de Información La Tercera Negocios on line

Luis Armijo Armijo

 

Proyecto suprime existencia de grupos negociadores y regula extensión de beneficios. Se elimina el reemplazo en caso de huelga, pero con excepciones. Aún se evalúa fórmula para fijar pisos mínimos de negociación.

No es aún materia zanjada, pero está en camino de serlo. Así definen en el gobierno el estado de avance del proyecto de reforma laboral que el Ejecutivo comprometió a enviar a trámite legislativo este año.

 

 

Restando dos meses para que se cumpla ese plazo autoimpuesto por la autoridad, el Ministerio del Trabajo ha intensificado su labor de cara a una iniciativa que genera incertidumbre en el sector privado y que acapara las expectativas de la CUT.

Ayer, gobierno, empresarios y trabajadores coincidieron en un seminario organizado por la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI), donde la ministra del ramo, Javiera Blanco, aprovechó de adelantar parte del proyecto. O más bien, aclaró lo que éste no incluirá: desestimó que la titularidad sindical tenga como objetivo la constitución de sindicatos únicos y descartó así prohibir que empleadores y trabajadores negocien contratos individualmente; afirmó que el proyecto no considera el establecimiento de la sindicalización automática; dijo que no habrá negociación colectiva interempresas; y apuntó a que no se realizarán cambios a las indemnizaciones por años de servicio. Adicionalmente, señaló que la negociación colectiva se ampliará hacia jornadas y horarios de trabajo.

La negociación interempresas y la sindicalización automática formaban parte de la agenda de 25 puntos que planteó la CUT al Ejecutivo pero estarían excluidas de los nueve puntos que consideraría la reforma laboral. “Es preocupante escuchar estas palabras, porque lo que hacen es instalar una sombra de duda respecto a lo que nosotros entendíamos que ya había sido abordado”, dijo la presidenta de la CUT, Bárbara Figuero. En el otro extremo, Fernando Alvear, gerente general de la CPC, valoró “la aclaración de que titularidad no significa sindicato único”.

Titularidad sindical

Según conocedores del borrador del proyecto, la titularidad sindical consideraría suprimir los grupos negociadores -que se constituyen exclusivamente para la negociación colectiva-,  en aquellas empresas donde ya existe una organización sindical. Así, sólo podrán subsistir en las firmas que no cuentan con un sindicato.

No obstante, la iniciativa legal mantendría, aunque con cambios, la extensión de los beneficios de la negociación colectiva hacia los trabajadores no sindicalizados. Si bien el proyecto consideraría que los sindicatos puedan decidir autónomamente  si éstos beneficios se hacen extensivos o no, en la práctica empleadores y trabajadores podrán negociar individualmente sus condiciones laborales, que podrían ser idénticas o mejores a los resultados de la negociación coelctiva.

Según la encuesta laboral Encla, más del 70% de las empresas hace extensivos los resultados de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados. Para la CUT, se trata de una “práctica antisindical” que debilita la negociación colectiva y su eliminación está en el centro de su agenda.

Reemplazo

El proyecto contemplaría, además, el fin del reemplazo de trabajadores en huelga. Aunque no habría plazos para permitir ese reemplazo -como se planteaba desde Hacienda, similar a la actual legislación-, sí se considerarían algunas excepciones.

Por ejemplo, estará permitido respecto de los servicios subcontratados: si los trabajadores de una firma subcontratada se paralizan, la firma mandante podrá reemplazarlos de manera de no afectar su propio funcionamiento. Además, las empresas podrían reemplazar al personal en huelga con trabajadores que realizan otras actividades dentro de la misma compañía y se fijarían turnos para cumplir labores críticas.

En materia de pisos mínimos de negociación -beneficios de procesos anteriores como base de una nueva negociación-, el gobierno aún trabaja en definir si este piso se fijará exclusivamente en relación a reajustes salariales o también respecto de otros beneficios como seguros o bonos, entre otros. 

Fuentes de gobierno señalan que se trata de un tema central en un contexto en que un fuerte aumento de los costos laborales podría dificultar aún más la revitalización de la actividad económica.

Cómo se gestaron las últimas 72 horas de la venta de CGE, la mayor operación de la década ( Ver mas )

( Fuente: Economía y Negocios on line )

Ministerio del Trabajo y Previsión Social

SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO

LEY NÚM. 20.769

MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO OTORGANDO PERMISO A TRABAJADORAS Y TRABAJADORES PARA EFECTUARSE

EXÁMENES DE MAMOGRAFÍA Y DE PRÓSTATA, RESPECTIVAMENTE

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en mociones refundidas de los diputados señor Osvaldo Andrade Lara y señoras Cristina Girardi Lavín, María José Hoffmann Opazo, Andrea Molina Oliva, Denise Pascal Allende, Karla Rubilar Barahona y Marcela Sabat Fernández y de las exdiputadas señoras Adriana Muñoz D’Albora, Ximena Vidal Lázaro y Mónica Zalaquett Said, la primera, y de los diputados señor Ramón Barros Montero y señora Claudia Nogueira Fernández, y de las exdiputadas señoras Carolina Goic Boroevic y Adriana Muñoz D’Albora, Proyecto de ley:

 

Artículo único.- Incorpórase el siguiente artículo 66 bis en el Código del Trabajo:

 

Artículo 66 bis.- Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen de papanicolau, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda. En el para la realización de una obra o faena determinada, este derecho podrá ejercerse a partir de los treinta días de celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante la vigencia de éste.

El tiempo para realizar los exámenes, señalado en el inciso anterior, será complementado, en su caso, con la institución médica, considerando las condiciones geográficas, de transporte y la disponibilidad de equipamiento médico necesario.

Para el ejercicio de este derecho, los trabajadores deberán dar aviso al empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes; asimismo, deberán presentar con posterioridad a éstos, los realizaron en la fecha estipulada.

El tiempo en el que los trabajadores se realicen los exámenes, será considerado como trabajado para todos los efectos legales; asimismo, este permiso no podrá ser compensado en dinero, ni durante ni al término de la

Relación laboral, entendiéndose por no escrita cualquier estipulación en contrario.

Saludo Sindical en Fiestas Patrias

El Grupo Negociador 5 S, desean entregar y hacer llegar a ustedes, nuestro más afectuoso saludo en esta importante fecha, en que la Nación conmemora su aniversario patrio. Nuestro Grupo Valora los importantes aportes y esfuerzos entregados por los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a nuestras Organizaciones Sindicales. 

Deseamos que en esta fecha tan especial, puedan ustedes juntos a sus familias y amigos, disfrutar de la alegría que provoca la celebración de nuestra Fiestas Patrias y del Bicentenario de Chile.

Finalmente, y considerando los distintos motivos y tradiciones que tenemos para celebrar como chilenos, hacemos un especial llamado a nuestros asociados y sus familias para celebrar este hito, teniendo siempre presente la mesura y la responsabilidad en el actuar, velando y cautelando en todo momento por la seguridad y la debida protección de nuestras familias y la propia.

 

APORTE SINDICATO ADMINISTRATIVO

 

 

 

¡Felices Fiestas Patrias!

 

Les desea

 

EL GRUPO NEGOCIADOR 5 S FORMADO POR LOS SINDIACTOS:

 

  • SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE CGE DISTRIBUCION SA.

  • SINDICATO EMPRESA CGE DISTRIBUCION SA.

  • SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES PROFESIONALES UNIVERSITARIOS CGE DISTRIBUCION SA.

  • SINDICATO NACIONAL CONAFE/CGE DISTRIBUCION SA.

  • SINDICATO INTEREMPRESAS DE TRABAJADORES PROFESIONALES EMELECTRIC SA, CGE DISTRIBUCION SA.

 

 

Título V

DEL ARBITRAJE LABORAL

Art. 355. Las partes podrán someter la negociación a arbitraje en cualquier momento, sea durante

la negociación misma o incluso durante la huelga o el cierre temporal de empresa o lock-out.

Sin embargo, el arbitraje será obligatorio en aquellos casos en que estén prohibidos la huelga y

cierre temporal de empresa o lock-out, y en el de reanudación de faenas previsto en el artículo 385.

Título VI

DE LA HUELGA Y DEL CIERRE TEMPORAL DE LA EMPRESA.

Art. 369. Si llegada la fecha de término del contrato, o transcurridos más de cuarenta y cinco días desde la presentación del respectivo proyecto si la negociación se ajusta al procedimiento del Capítulo I del Título II, o más de sesenta si la negociación se ajusta al procedimiento del Capítulo II del Título II, las partes aún no hubieren logrado un acuerdo, podrán prorrogar la vigencia del contrato anterior y continuar las negociaciones.

La comisión negociadora podrá exigir al empleador, en cualquier oportunidad, durante el proceso de negociación, la suscripción de un nuevo contrato colectivo con iguales estipulaciones a las contenidas en los respectivos contratos vigentes al momento de presentarse el proyecto. El empleador no podrá negarse a esta exigencia y el contrato deberá celebrarse por el plazo de dieciocho meses.

Con todo, no se incluirán en el nuevo contrato las estipulaciones relativas a reajustabilidad tanto de las remuneraciones como de los demás beneficios pactados en dinero.

Para todos los efectos legales, el contrato se entenderá suscrito en la fecha en que la comisión

negociadora comunique, por escrito, su decisión al empleador. 

¿Hasta qué momento dura el fuero laboral por negociación colectiva?

Gentileza de Luis Armijo Armijo

 

De acuerdo a lo previsto en el artículo 309 del Código del Trabajo, los trabajadores involucrados en una negociación colectiva gozan del fuero laboral desde los diez días anteriores a la presentación de un proyecto de contrato colectivo hasta treinta días después de la suscripción de este último, o de la fecha de notificación a las partes del fallo arbitral que se hubiere dictado. Ahora bien, la fecha de término del fuero laboral fijado en el día treinta después de la suscripción del contrato colectivo, o de la fecha de notificación a las partes del fallo arbitral que se hubiere dictado, debe entenderse referido al día en que este evento acontezca, por cuanto el legislador al precisar que el fuero laboral principia en los diez días anteriores a la presentación del proyecto de contrato, ha determinado que se deberá estar a esa forma de computar el término legal. De esta forma, tratándose de un plazo de días, debe estarse a lo preceptuado por el artículo 48 del Código Civil, que en su parte pertinente establece que todos los plazos de días, meses, o años de que se haga mención en la leyes o decretos del Presidente de la República, de los tribunales o juzgados, se entenderá que han de ser completos; y correrán además hasta la medianoche del último día del plazo. De esta manera, el fuero laboral por negociación colectiva se extiende hasta la medianoche del día treinta posterior a la suscripción del respectivo contrato colectivo, o de la fecha de notificación a las partes del fallo arbitral que se hubiere dictado.

¿Qué es la Responsabilidad Social Empresarial? 

La Responsabilidad Social Empresarial (RSE) es la contribución al desarrollo humano sostenible, a través del compromiso y la confianza de la empresa hacia sus empleados y las familias de éstos, hacia la sociedad en general y hacia la comunidad local, en pos de mejorar el capital social y la calidad de vida de toda la comunidad.

Gentileza de Antonio Farías Salva

La responsabilidad social empresarial es un tema que hoy está muy instalado en la agenda política, en los gobiernos, en lo corporativo y en la sociedad civil. Y es que a partir de la globalización nace también un cambio en el ambiente de los negocios, volviéndose más dinámicos y competitivos, y a su vez, el acceso a la información hace que aumenten las demandas ciudadanas por una devolución de los beneficios obtenidos por las corporaciones, tanto a la sociedad como al planeta.

Es de ahí que surgen preguntas lógicas: ¿Por qué se ha convertido en una necesidad estratégica incorporar la responsabilidad en la gestión empresarial? ¿Para qué incorporamos la responsabilidad en la toma de decisiones corporativas? Interrogantes que trataremos de responder a lo largo de esta clase.

Evidentemente, responder a la primera cuestión tiene muchos ángulos o puntos de vista que van desde los más asentados en un mirada moral (las empresas deben desarrollar acciones “buenas”) hasta aquellas otras sustentadas en una mirada exclusivamente mercantilista (las empresas deben desarrollar acciones que mejoren su “imagen”). Pero lo cierto es que si lo miramos desde un punto de vista centrado en el por qué, ambas miradas pueden ser válidas.

Por eso es importante responder también a la segunda pregunta: ¿para qué?; y en ella encontraremos que la respuesta más prudente tiene que ver con garantizar su supervivencia, es decir, para ser sostenible en el tiempo. Evidentemente, si las “acciones buenas” o las acciones para mejorar la imagen, se realizan de manera independiente, no tendrán como efecto la sostenibilidad de la empresa; por el contrario, la combinación de ambas sí lo consigue.

Por tanto, responsabilidad y sostenibilidad son dos caras de una misma forma de gestionar las empresas en el nuevo paradigma empresarial.

Algunos de estos cambios son:

1. Vivimos más años, decidimos diferente y tenemos más restricciones

La esperanza de vida en el mundo ha evolucionado de manera dramática durante los últimos 200 años. En el Siglo XIX se situaba entre 30 y 40 años; en el Siglo XX llega a situarse entre los 50 y 65 años; y en la actualidad supera los 67 años. Este hecho tiene dos grandes efectos.

El hecho es que el único factor que crece de manera natural a la misma velocidad que la demanda, son las personas disponibles para trabajar, pero el resto de productos (alimentos o energía) y de servicios (educación o salud) no lo hacen con la misma naturalidad, pudiendo provocar graves desequilibrios ambientales y sociales.

Por otro lado, se produce un efecto emocional en la toma de decisiones. La neurociencia moderna se está encargando de demostrar que el papel de las emociones en la toma de decisiones de las personas tiene una relevancia por encima de lo que tradicionalmente se creía. Para expresarlo de manera sencilla, el ser humano está programado para tomar decisiones emocionalmente; y asimismo está programado biológicamente para vivir 40 años (ciclo de reproducción y crianza).

En definitiva, debemos comprender que trabajamos en empresas gestionadas por personas mayores de 40 años, financiadas por inversores mayores de 40 años, que ofrecen productos y servicios a personas mayores de 40 años, y que las emociones que están detrás de esas decisiones son importantes y diferentes a las de personas más jóvenes. Pero también debemos comprender que este cambio es relativamente reciente y que todavía no está interiorizado en la gestión empresarial, la cual se desenvuelve en un entorno donde sólo la tecnología puede equilibrar el crecimiento de necesidades y recursos de la población mundial.

2. Las empresas (y los empresarios) lideran la globalización y la tecnología

En definitiva, intuitivamente pensamos que el liderazgo del mundo ha pasado de manos de personajes del mundo público y político a otros del mundo empresarial. Analíticamente parece razonable al comprender los dos factores explicativos de las últimas décadas: la globalización y el uso de la tecnología, los cuales han sido impulsados principalmente por empresas y empresarios.

Por tanto, la mirada de la sociedad ante los grandes desafíos se dirige en gran medida hacia las empresas, compartiendo ese escenario que llamaremos la agenda pública con gobiernos y administraciones públicas.

3. La ciudadanía espera algo más que bienes y servicios por parte de las empresas

Todo lo anterior se traduce en que las personas tenemos una expectativa diferente de las empresas. Ya no sólo nos interesa la calidad del bien y/o del servicio que prestan, su precio o su accesibilidad; nos interesa también lo que podemos denominar como su relato corporativo, el cual no se puede separar de cuál es la actuación empresarial ante los dilemas sociales, económicos y ambientales.

Por tanto, la ciudadanía ha abierto la puerta a la economía de los activos intangibles, que dotan de carácter y personalidad a las empresas.

4. El modelo empresarial ha cambiado y entramos en la economía de la reputación

Las grandes variaciones estadísticas que se han producido en el tamaño de la población; la evolución de la mirada de las personas hacia las empresas en los asuntos públicos; las expectativas de la ciudadanía sobre las empresas; y la importancia de los activos intangibles en la creación de ventajas competitivas sostenibles, configuran un cambio de paradigma.

En este nuevo modelo sobre la forma de hacer negocios, resulta clave entender que las empresas están sometidas a un escrutinio público, permanente y global.

El escrutinio es público porque los grupos de interés no son sólo los propietarios, o los trabajadores, o los clientes… es el conjunto de la ciudanía.

Es permanente porque no se reduce al momento de presentación de los resultados anuales o del lanzamiento de un nuevo producto, sino que se produce en todo y en cualquier momento.

Y es global porque afecta a la percepción de la empresa, no sólo en su lugar de origen, sino también en sus mercados de venta y de abastecimiento, y con percepciones cruzadas entre entornos culturalmente diferentes (por ejemplo: lo que es incorrecto en Europa puede ser correcto en la India o viceversa).

En definitiva podemos observar que aunque todavía no sea perceptible un efecto significativo y directo sobre las ventas o la inversión, sí existe una demanda ciudadana en muchos aspectos relacionados con la responsabilidad de las empresas. Asimismo vemos que esa demanda se traduce en presión política y la presión política se puede traducir en cambios legislativos y regulatorios.

Para qué la gestión responsable hoy en Chile

La sociedad exige nuevas responsabilidades a las empresas y a los empresarios que de no ser cubiertas tendrá repercusión sobre las decisiones de consumo e inversión y, por tanto, sobre la supervivencia de la empresa.

Por tanto, en la sostenibilidad de la empresa se encuentra el para qué realizar una gestión responsable. Podemos concluir que las empresas que están tomando la iniciativa y están siendo pioneros en este ámbito en Chile obtienen tres tipos de beneficios:


•    Recorren antes la curva de aprendizaje del nuevo paradigma empresarial.
•    Mejoran la percepción que tiene la ciudadanía sobre su corporación
•    Ganan legitimidad y, en consecuencia, capacidad de influencia sobre las administraciones públicas.


En resumen generan una ventaja competitiva y sostenible en el mercado chileno e internacional.
 

La finalidad De Los Sindicatos

Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratosindividuales de los trabajos, cuando sean requeridos por los asociados. No será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de losinstrumentos colectivos de trabajadores y cuando se reclamen de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios. 

 

Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva en el ámbito de la empresa.

 

Velar por el cumplimiento de las leyesdel trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones antes las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación demultas u otras sanciones. Entre otras ..........

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